La batalla judicial en torno a la ley de amnistía ha dado un nuevo salto al escenario europeo. Apenas unos días después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluyera que la norma es, en términos generales, compatible con el Derecho comunitario, el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha denunciado al Reino de España ante la Comisión Europea al considerar que las autoridades españolas siguen obstaculizando su aplicación.
La iniciativa se produce en un momento especialmente sensible para una ley aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez con el objetivo de extinguir la responsabilidad penal, administrativa y contable de los implicados en el proceso independentista catalán, entre ellos el propio Puigdemont, que permanece en Bélgica desde la declaración unilateral de independencia de 2017, mientras varios órganos judiciales españoles mantienen abierto el debate sobre el alcance de su aplicación.
El escrito elaborado por su abogado Gonzalo Boye en representación de Puigdemont, del eurodiputado Toni Comín y del exconseller Lluís Puig, solicita a Bruselas que active el procedimiento de infracción previsto en el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La denuncia sostiene que España está incumpliendo las obligaciones derivadas de la sentencia del TJUE al permitir que el Tribunal de Cuentas retrase la aplicación efectiva de la amnistía.
El origen de este nuevo choque se encuentra en una providencia dictada esta semana por el Tribunal de Cuentas, que abrió la puerta a estudiar si una treintena de antiguos responsables del Govern podrían quedar excluidos de la amnistía en caso de que se acreditara que parte de los gastos relacionados con el procés fueron sufragados con fondos procedentes de la Unión Europea.
La defensa de Puigdemont rechaza de plano esa posibilidad. En el escrito remitido a la Comisión Europea sostiene que, después de más de cuatro años de procedimiento y con la fase de instrucción ya concluida, nunca se había planteado la utilización de recursos europeos, por lo que considera que introducir ahora ese debate responde a una "estrategia obstruccionista" destinada a retrasar la ejecución de la ley.
El recurso también cuestiona la interpretación realizada por el Tribunal de Cuentas sobre la reciente sentencia de Luxemburgo. Según Boye, el órgano fiscalizador difundió una nota de prensa que presenta de forma "tergiversada" el alcance del fallo al afirmar que el TJUE aceptó todas las cuestiones prejudiciales planteadas, cuando varias de ellas fueron declaradas inadmisibles.
Paralelamente, la defensa ha solicitado al propio Tribunal de Cuentas que archive definitivamente el procedimiento respecto a los hechos amparados por la amnistía. En sus alegaciones sostiene que no existen pruebas de que los gastos investigados fueran financiados con fondos del presupuesto europeo y reclama que el órgano dicte una resolución aplicando la ley dentro del plazo máximo de dos meses.
La controversia llega además en un momento especialmente delicado para la aplicación de la amnistía. Aunque el TJUE avaló recientemente la compatibilidad general de la norma con el Derecho de la Unión, distintos órganos judiciales españoles mantienen abiertas interpretaciones sobre el alcance de algunos de sus efectos, especialmente en aquellos procedimientos relacionados con la malversación o con la eventual utilización de recursos europeos.
En declaraciones a Radio Nacional de España, Gonzalo Boye atribuyó el retraso en la aplicación de la amnistía a "criterios políticos y no jurídicos" y acusó al órgano de enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas de apartarse del criterio fijado por Luxemburgo. El abogado también mostró su incomprensión por la lentitud con la que, a su juicio, está actuando el Tribunal Constitucional en la resolución de los recursos pendientes.
Con este nuevo movimiento, el pulso abierto tras la aprobación de la ley de amnistía deja de limitarse a los tribunales españoles y vuelve a trasladarse a las instituciones comunitarias, donde Bruselas deberá decidir ahora si aprecia indicios suficientes para abrir un procedimiento formal contra España por un eventual incumplimiento del Derecho de la Unión.